Real Decreto de 22 de agosto de 1885, Código de Comercio

Arts. 573 a 869.

Art. 647 CCOM

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Hoy

(Derogados)

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)

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Del 01/11/1996 al 24/09/2014BOE-A-1885-6627

Art. 647.

Los oficiales y la tripulación del buque quedarán libres de todo compromiso, si lo estiman oportuno, en los casos siguientes:

1.º Si antes de comenzar el viaje intentare el capitán variarlo, o si sobreviniere una guerra marítima con la nación a donde el buque estaba destinado.

2.º Si sobreviniere y se declarare oficialmente una enfermedad epidémica en el puerto de destino.

3.º Si el buque cambiase de propietario o de capitán.

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[suprimido: Art. 647. Los oficiales y la tripulación del buque quedarán libres de todo compromiso, si lo estiman oportuno, en los casos siguientes: 1.º Si antes de comenzar el viaje intentare el capitán variarlo, o si sobreviniere una guerra marítima con la nación] [añadido: Arts. 573] a [suprimido: donde el buque estaba destinado. 2.º Si sobreviniere y se declarare oficialmente una enfermedad epidémica en el puerto de destino.] [añadido: 869.] [suprimido: 3.º Si el buque cambiase de propietario o de capitán.] [añadido: (Derogados)]