Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (Nueva York, 13 de diciembre de 2006)

Artículo 42. Firma.

Art. 42 CDPD

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

La presente Convención estará abierta a la firma de todos los Estados y las organizaciones regionales de integración en la Sede de las Naciones Unidas, en Nueva York, a partir del 30 de marzo de 2007.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)