Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Disposición transitoria novena. Costas procesales.
Disposición transitoria 9.ª LJCAEl régimen de costas procesales establecido en esta Ley será aplicable a los procesos y a los recursos que se inicien o promuevan con posterioridad a su entrada en vigor.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)