Según el artículo 22.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, la representación y defensa de las Entidades Gestoras y de los Servicios Comunes de la Seguridad Social corresponderá, sin perjuicio de las excepciones previstas:
- Opción a: A los Abogados del Estado del servicio jurídico provincial.
- Opción b: A los letrados de la Administración de la Seguridad Social.
- Opción c: A los graduados sociales colegiados que aquéllas designen.
- Opción d: Al Ministerio Fiscal, en defensa del interés público.
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Respuesta correcta: b)
El art. 22.2 LRJS atribuye la representación y defensa de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social a los letrados de la Administración de la Seguridad Social.