Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea

Artículo ciento treinta y nueve.

Art. 139 LEY 48/1960

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Hoy

Si la aeronave o sus restos no pudieran conservarse o hubieran transcurrido los plazos establecidos en el artículo anterior, el material podrá ser ofrecido a instituciones educativas, culturales o sin ánimo de lucro que acrediten vinculación con el ámbito aeronáutico, previa emisión de un informe por parte de Aviación Civil sobre su estado y viabilidad de uso. Dichas instituciones tendrán un plazo de veinte días para solicitar la adjudicación. Si, transcurrido dicho plazo, no manifiestan interés, la aeronave o sus restos podrán ser subastados, y el producto de la venta se destinará en beneficio del Estado.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)

Versiones anteriores

Las redacciones que tuvo este artículo antes de la actual.

Del 12/08/1960 al 19/10/2025BOE-A-1960-10905

Artículo ciento treinta y nueve.

Si la aeronave o sus restos no pudieran conservarse, o hubieren transcurrido los plazos a que se refiere el artículo anterior, serán vendidos en pública subasta y su importe quedará en beneficio del Estado, deducidos los gastos y el premio, en su caso.

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Artículo ciento treinta y nueve. Si la aeronave o sus restos no pudieran [suprimido: conservarse,] [añadido: conservarse] o [suprimido: hubieren] [añadido: hubieran] transcurrido los plazos [suprimido: a que se refiere] [añadido: establecidos en] el artículo anterior, [suprimido: serán vendidos en pública subasta y] [añadido: el material podrá ser ofrecido a instituciones educativas, culturales o sin ánimo de lucro que acrediten vinculación con el ámbito aeronáutico, previa emisión de un informe por parte de Aviación Civil sobre] su [suprimido: importe quedará en beneficio del Estado, deducidos los gastos] [añadido: estado] y [añadido: viabilidad de uso. Dichas instituciones tendrán un plazo de veinte días para solicitar la adjudicación. Si, transcurrido dicho plazo, no manifiestan interés, la aeronave o sus restos podrán ser subastados, y] el [suprimido: premio,] [añadido: producto de la venta se destinará] en [suprimido: su caso.] [añadido: beneficio del Estado.]