Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones
Artículo 1. Objeto de la Ley.
Art. 1 LFLa presente Ley tiene por objeto desarrollar el derecho de fundación, reconocido en el artículo 34 de la Constitución y establecer las normas de régimen jurídico de las fundaciones que corresponde dictar al Estado, así como regular las fundaciones de competencia estatal.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)