Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones

Artículo 2. Concepto.

Art. 2 LF

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

1. Son fundaciones las organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.

2. Las fundaciones se rigen por la voluntad del fundador, por sus Estatutos y, en todo caso, por la Ley.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)