Según el artículo 10.1 de la Constitución, la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son:
- Opción a: Fundamento del orden político y de la paz social.
- Opción b: Valores superiores del ordenamiento jurídico.
- Opción c: Fundamento de la soberanía nacional.
- Opción d: Límite del ejercicio de los poderes públicos.
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Respuesta correcta: a)
El art. 10.1 CE los declara fundamento del orden político y de la paz social; los valores superiores son los del art. 1.1 CE.