La autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, por imprudencia grave incurriere en falsedad alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial será castigado, según el artículo 391 del Código Penal, con la pena de:
- Opción a: Multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a un año.
- Opción b: Multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a un año.
- Opción c: Multa de tres a seis meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
- Opción d: Prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a un año.
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Respuesta correcta: a)
El art. 391 CP castiga a la autoridad o funcionario público que por imprudencia grave incurriere en alguna de las falsedades documentales del precepto anterior, como la alteración de un documento en sus elementos o requisitos esenciales, o diere lugar a que otro las cometa, con multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público de seis meses a un año.