Según el artículo 15 del Código de Comercio, los extranjeros y las compañías constituidas en el extranjero que ejerzan el comercio en España quedan sujetos a las disposiciones de este Código en todo cuanto concierna:
- Opción a: A su capacidad para contratar, a la creación de sus establecimientos dentro del territorio español y a sus operaciones mercantiles.
- Opción b: A la creación de sus establecimientos dentro del territorio español y a sus operaciones mercantiles, pero no a la jurisdicción.
- Opción c: A su capacidad para contratar, a sus operaciones mercantiles y a la jurisdicción de los Tribunales de la nación.
- Opción d: A la creación de sus establecimientos dentro del territorio español, a sus operaciones mercantiles y a la jurisdicción de los Tribunales de la nación.
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Respuesta correcta: d)
El art. 15 CCOM somete al Código la creación de establecimientos, las operaciones mercantiles y la jurisdicción de los Tribunales españoles, mientras que la capacidad para contratar se rige por las leyes de su país.