Según el artículo 159.1 de la Ley de Sociedades de Capital, los socios, reunidos en junta general, decidirán en los asuntos propios de la competencia de la junta:
- Opción a: Por unanimidad de los socios presentes o representados.
- Opción b: Por la mayoría legal o estatutariamente establecida.
- Opción c: Por la mayoría que fije en cada caso el órgano de administración.
- Opción d: Por la mayoría legal, sin que los estatutos puedan establecer otra.
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Respuesta correcta: b)
El art. 159.1 LSC dispone que los socios, reunidos en junta general, decidirán por la mayoría legal o estatutariamente establecida en los asuntos propios de la competencia de la junta.