Según el artículo 112 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, la exhibición de libros, documentos y soportes contables podrá solicitarse mediante el expediente regulado en él:
- Opción a: Siempre que no exista norma especial aplicable al caso.
- Opción b: Siempre que no exista norma estatutaria aplicable al caso.
- Opción c: Aunque exista norma especial aplicable al caso.
- Opción d: Siempre que la persona obligada no se oponga a la exhibición.
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Respuesta correcta: a)
El art. 112 LJV permite solicitar la exhibición mediante este expediente en los casos en que proceda conforme a la ley y con el alcance que estas determinen, siempre que no exista norma especial aplicable al caso.