Según el artículo 1 de la Ley Cambiaria y del Cheque, la persona que ha de pagar la letra de cambio, cuyo nombre debe figurar en ella, se denomina:
- Opción a: Endosante.
- Opción b: Librado.
- Opción c: Librador.
- Opción d: Tomador.
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Respuesta correcta: b)
El art. 1 LCCH exige que la letra contenga el nombre de la persona que ha de pagar, denominada librado; el que emite la letra es el librador.