Conforme al artículo 154 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, las asociaciones empresariales cuyo ámbito de actuación se corresponda o sea más amplio que el del conflicto están legitimadas para promover procesos sobre conflictos colectivos siempre que se trate de conflictos:
- Opción a: De ámbito provincial o superior.
- Opción b: De ámbito autonómico o superior.
- Opción c: De empresa o de ámbito inferior.
- Opción d: De ámbito superior a la empresa.
Ver solución
Respuesta correcta: d)
El art. 154.b) LRJS exige a las asociaciones empresariales que se trate de conflictos de ámbito superior a la empresa; los de empresa o de ámbito inferior pueden promoverlos los empresarios y los órganos de representación legal o sindical de los trabajadores (art. 154.c) LRJS).